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Análisis de la Justicia desde la perspectiva de género / autores, Lucía Avilés Palacios ... [et al.].

Contributor(s): Avilés Palacios, LucíaSeries: (Alternativa ; 89)Publication details: Valencia : Tirant lo Blanch , 2018 Description: 511 p. ; 22 cmISBN: 9788491908135Subject(s): Discriminación sexual | Derecho a la justicia | Poder judicialAbstract: El derecho de acceso a la justicia de las mujeres no puede ser abordado de forma separada al tratamiento mismo de la mujer en nuestra sociedad y, por tanto, a la desigualdad y discriminación que éstas sufren en la misma. O lo que es lo mismo, no podemos confiar en una sociedad andrógina que formalmente reconoce derechos de igualdad entre hombres y mujeres y, entre ellos, el acceso de los ciudadanos y las ciudadanas a la tutela efectiva, mientras esa igualdad no se haya sembrado en todos los ámbitos de la Justicia, no solo en el número de operadoras jurídicas que participan de la misma, sino sobre todo en la misma conformación y diseño del sistema, de las instituciones y de la manera de aplicar el derecho. El derecho es poder y, el diseño de las instituciones jurídicas procesales ha sido creado por y para conflictos privados y públicos en los que el hombre durante mucho tiempo era su único protagonista. Por tanto, las experiencias y particularidades de las mujeres (como actoras del proceso, sean víctimas o juezas, Letradas o Fiscales), a pesar de la aparente neutralidad de las normas, no aparecen recogidas por él. En este sentido, corresponde al Poder judicial deconstruir y reconstruir el espacio de la Justicia integrando la igualdad entre el hombre y la mujer de acuerdo con la Constitución Española y el marco normativo europeo e internacional del que formamos parte. A este fin, dedicaremos estas líneas de reflexión, que diseñan un diagnóstico y nuevo rumbo para la Justicia en el siglo XXI.
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Monografías Monografías Biblioteca Central del MAEC
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Bibliogr. en cada cap.

El derecho de acceso a la justicia de las mujeres no puede ser abordado de forma separada al tratamiento mismo de la mujer en nuestra sociedad y, por tanto, a la desigualdad y discriminación que éstas sufren en la misma. O lo que es lo mismo, no podemos confiar en una sociedad andrógina que formalmente reconoce derechos de igualdad entre hombres y mujeres y, entre ellos, el acceso de los ciudadanos y las ciudadanas a la tutela efectiva, mientras esa igualdad no se haya sembrado en todos los ámbitos de la Justicia, no solo en el número de operadoras jurídicas que participan de la misma, sino sobre todo en la misma conformación y diseño del sistema, de las instituciones y de la manera de aplicar el derecho. El derecho es poder y, el diseño de las instituciones jurídicas procesales ha sido creado por y para conflictos privados y públicos en los que el hombre durante mucho tiempo era su único protagonista. Por tanto, las experiencias y particularidades de las mujeres (como actoras del proceso, sean víctimas o juezas, Letradas o Fiscales), a pesar de la aparente neutralidad de las normas, no aparecen recogidas por él. En este sentido, corresponde al Poder judicial deconstruir y reconstruir el espacio de la Justicia integrando la igualdad entre el hombre y la mujer de acuerdo con la Constitución Española y el marco normativo europeo e internacional del que formamos parte. A este fin, dedicaremos estas líneas de reflexión, que diseñan un diagnóstico y nuevo rumbo para la Justicia en el siglo XXI.

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