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Relaciones jurídicas transnacionales y reconocimiento mutuo / Jorge Agudo González, director ; Joseba Fernández Gaztea ... [et al.]

Contributor(s): Series: EstudiosPublication details: Cizur Menor (Navarra) : Aranzadi , 2019Description: 310 p. ; 24 cmISBN:
  • 9788413092669
Subject(s): Abstract: Las relaciones jurídicas transnacionales constituyen una realidad jurídica característica del mercado interior. Son la consecuencia del ejercicio de derechos y facultades de naturaleza supranacional, como las libertades económicas. La articulación de esas relaciones tiene lugar gracias a modelos regulativos asumidos por legislador europeo, que habilitan la operatividad del reconocimiento mutuo u otras técnicas que permiten entablar relaciones jurídicas en un contexto que supera el puramente territorial-estatal. Las relaciones jurídicas transnacionales se caracterizan por otorgar especial relevancia a varios datos jurídicos: 1) La posición activa del titular del derecho con vocación transnacional; en especial, en el caso del reconocimiento mutuo, es determinante la trascendencia que se otorga a sus propias decisiones en la elección del Derecho aplicable y, por tanto, de la Administración nacional actuante en origen y destino; 2) Las relaciones entre ordenamientos mediante el criterio conflictual del país de origen, con traslación singular y matizada de las técnicas conflictuales; y 3) Las relaciones cooperativas entre Administraciones nacionales y los procedimientos complejos articulados entre las mismas, así como la emisión de actos con eficacia transnacional.
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Monografías Monografías Biblioteca de la Escuela Diplomática Depósito 21877 Available 2062181

Incluye referencias bibliográficas e índice

Las relaciones jurídicas transnacionales constituyen una realidad jurídica característica del mercado interior. Son la consecuencia del ejercicio de derechos y facultades de naturaleza supranacional, como las libertades económicas. La articulación de esas relaciones tiene lugar gracias a modelos regulativos asumidos por legislador europeo, que habilitan la operatividad del reconocimiento mutuo u otras técnicas que permiten entablar relaciones jurídicas en un contexto que supera el puramente territorial-estatal. Las relaciones jurídicas transnacionales se caracterizan por otorgar especial relevancia a varios datos jurídicos:
1) La posición activa del titular del derecho con vocación transnacional; en especial, en el caso del reconocimiento mutuo, es determinante la trascendencia que se otorga a sus propias decisiones en la elección del Derecho aplicable y, por tanto, de la Administración nacional actuante en origen y destino;
2) Las relaciones entre ordenamientos mediante el criterio conflictual del país de origen, con traslación singular y matizada de las técnicas conflictuales; y
3) Las relaciones cooperativas entre Administraciones nacionales y los procedimientos complejos articulados entre las mismas, así como la emisión de actos con eficacia transnacional.

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